El Ministerio de Transporte reglamentó el artículo 14 del Decreto 348 de 2015, por medio de la Resolución 1069 del 23 de abril de 2015, con la finalidad de establecer los mecanismos de expedición del Formato único de Extracto del Contrato –FUEC– y permitir el efectivo control por parte de las autoridades competentes de la prestación del servicio de transporte público terrestre automotor especial.
La Resolución 1069 de 2015 dispone que el FUEC es el documento de transporte que deben portar los conductores de vehículos que estén prestando el servicio de transporte de pasajeros en la modalidad especial. Este documento deberá contener: el número del FUEC; razón social de la empresa; número del contrato; contratante; objeto del contrato; origen-destino, describiendo puntos intermedios del recorrido; Convenio de Colaboración Empresarial, en caso de que aplique; duración del contrato, indicando su fecha de iniciación y terminación; características del vehículo (placa, modelo, marca, clase y número interno); Numero de Tarjeta de Operación; e identificación de los conductores.
Además, la Resolución establece que para los convenios de colaboración empresarial, consorcios y uniones temporales, la expedición del extracto del contrato será responsabilidad de la empresa que suscribió el contrato de transporte. Sin embargo, el extracto indicará la existencia del respectivo convenio, consorcio o unión temporal.
Descargue aquí la resolución 1069 de 2015
Fuente: Observatorio Colombiano de Contratación Pública (http://occp.co)